º El artículo 3º del Decreto 2396 de 1954, quedará así: "Artículo 3º El Consejo de la Orden se reunirá cuando así lo disponga el Gran Maestre o lo solicite alguno de sus miembros".
Decreto 2143 de 1986 →Vigente
Artículo 1
º El Artículo 3º Del Decreto 2396 De 1954, Quedará Así: "artículo 3º El Consejo De La Orden Se Reunirá Cuando Así Lo Disponga El Gran Maestre O Lo Solicite Alguno De Sus Miembros"
Decreto 2143 de 1986 · Por el cual se modifica el Decreto 2396 de 1954
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.