Créanse los Círculos Notariales de Ríohacha, Uribia, Maicao, Barrancas, Fonseca, San Juan del Cesar y Villanueva, con jurisdicción en cada uno de dichos Municipios. Asímismo, se crean dos (2) Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y Privados, una en Ríohacha, que comprenderá los Círculos Notariales de Ríohacha, Uribia, Maicao y Barrancas, y otras en San Juan del Cesar, que comprenderá los de San Juan del Cesar, Villanueva y Fonseca.
Ley 19 de 1964 →Vigente
Artículo 11
Ley 19 de 1964 · Por la cual se crea y organiza el Departamento de La Guajira
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.