Reporte de novedades en la condición de los beneficiarios. Los trabajadores dependientes e independientes son responsables de registrar en el Sistema de Afiliación Transaccional, todas las novedades que se presenten en la condición de sus beneficiarios; también lo harán respecto de sus afiliados adicionales, si se hace uso de la figura prevista en el artículo 2.1.4.5. de la presente Parte.
Los beneficiarios serán responsables de registrar la novedad de fallecimiento del afiliado cotizante.
Hasta tanto entre en operación el Sistema de Afiliación Transaccional, las novedades previstas en el presente artículo se reportarán por los responsables directamente a la EPS.
(Artículo 46 del Decreto 2353 de 2015)