Micelio

Artículo 52

El Instituto Fomentará La Formación De Organizaciones Estudiantiles, Permanentes U Ocasionales, Bajo La Asesoría De Un Profesor, Las Cuales Cumplirán, Entre Otras, Las Siguientes Funciones: A) Contribuir A La Mejor Realización De Las Finalidades Del Instituto

Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto fomentará la formación de organizaciones estudiantiles, permanentes u ocasionales, bajo la asesoría de un profesor, las cuales cumplirán, entre otras, las siguientes funciones

a)

Contribuir a la mejor realización de las finalidades del Instituto.

b)

Ofrecer oportunidades para la satisfacción de las necesidades o intereses de los alumnos, para el cultivo de los aptitudes e indicaciones individuales, y para la consecución de datos e informaciones que sirvan a la orientación profesional.

c)

Contribuir al desarrollo dela iniciativa individual y la responsabilidad personal.

d)

Cooperar en la adquisición de buenas maneras y prácticas para el trabajo de comunidad y la vida de sociedad.

e)

Enseñar a ocupar constructivamente, el tiempo libre, y a utilizar las mejores formas de recreación.

f)

Vincular el plantel al estudio de los problemas y necesidades de la comunidad. g) establecer acercamiento entre los profesores y alumnos, así como de éstos y aquellos entre sí.

Parágrafo 1

El funcionamiento de las organizaciones permanentes se ajustará a los estatutos, los cuales deben ser aprobados previamente por el Rector, pero de ninguna manera su funcionamiento podrá interferir el horario de trabajo, el calendario escolar, o la vida dela institución.

Parágrafo 2

La inscripción en estas organizaciones es obligatoria, pero cada estudiante queda en libertad de escoger la actividad que sea de su agrado. De los egresados

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1928 de 1963