Micelio

Artículo 8

Serán Funciones Principales Del Instituto, Las Siguientes: A) Realizar La Colonización De Las Tierras Baldías Del País; B) Comprar Predios O Mejorar U Obtener Concesiones, Siempre Que Con Su Adquisición Se Obtengan Los Fines Económicos Y Sociales Que Se Persiguen En El Presente Decreto; C) Fomentar El Desarrollo De Centros De Colonización, Se Define La Expresión "centros De Colonización", Como Organizaciones Autónomas Que Inicialmente Pertenezcan A Colonos Nacionales O Extranjeros O Mixtos, O A Personas O Entidades Privadas, Nacionales O Extranjeras O Mixtas, Y Que Tengan Como Objeto Explotar Económicamente Recursos Naturales En Forma Cooperativa, De Sociedad U Otra Apropiada

Decreto 1894 de 1953 · Por el cual se crea el Instituto de Colonización e Inmigración

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Serán funciones principales del Instituto, las siguientes

a)

Realizar la colonización de las tierras baldías del país;

b)

Comprar predios o mejorar u obtener concesiones, siempre que con su adquisición se obtengan los fines económicos y sociales que se persiguen en el presente Decreto;

c)

Fomentar el desarrollo de centros de colonización, Se define la expresión "Centros de Colonización", como organizaciones autónomas que inicialmente pertenezcan a colonos nacionales o extranjeros o mixtos, o a personas o entidades privadas, nacionales o extranjeras o mixtas, y que tengan como objeto explotar económicamente recursos naturales en forma cooperativa, de sociedad u otra apropiada. El Instituto de Colonización e Inmigración participará directamente en el planeamiento y organización de esos centros, prestará ayuda técnica, financiera o de cualquier otra clase para su organización, adelantará las obras que necesiten los centros, facilitará los fondos necesarios para su establecimiento y operación, ayudará a los centros para conseguir financiación de otras fuentes a través de garantías u otros sistemas. En todo caso, el Instituto supervigilará las operaciones y reglamentará las actividades de esos centros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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