º. A partir del día miércoles 17 de abril del corriente año y hasta el día miércoles 24 del mismo mes de abril, suspéndese la transmisión de conferencias y discursos de carácter político por medio de emisoras, televisión y altoparlantes, así como todo comentario político que se haga por los radio - noticieros o radio-periódicos, excepción hecha de las informaciones estrictamente electorales. Las cuñas grabadas de carácter político están permitidas durante el lapso a que se refiere el presente Artículo, siempre que tengan una duración máxima de un minuto y contenga únicamente una invitación a sufragar.
Decreto 502 de 1974 →Vigente
Artículo 2
A Partir Del Día Miércoles 17 De Abril Del Corriente Año Y Hasta El Día Miércoles 24 Del Mismo Mes De Abril, Suspéndese La Transmisión De Conferencias Y Discursos De Carácter Político Por Medio De Emisoras, Televisión Y Altoparlantes, Así Como Todo Comentario Político Que Se Haga Por Los Radio - Noticieros O Radio-Periódicos, Excepción Hecha De Las Informaciones Estrictamente Electorales
Decreto 502 de 1974 · Por el cual se toman medidas sobre manifestaciones públicas y transmisiones radiales de carácter político
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.