Micelio

Artículo 50

Las Autoridades Militares Deberán Tener En Cuenta Las Siguientes Disposiciones: A) Para Los Efectos Del Literal G) Del Artículo 41 De La Ley 48 De 1993, La Orden Impartida Por Las Autoridades De Reclutamiento Se Hará Efectiva Mediante La Utilización De Patrullas Que Conducirán A Los Remisos Para Ser Incorporados De Conformidad Con La Ley; B) Las Entidades O Empresas A Que Hace Referencia El Literal H) Del Artículo 41 De La Ley 48 De 1993 Serán Sancionadas Con Multa De Cinco (5) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, Por Cada Ciudadano Vinculado Ilegalmente O Que No Reintegre En Sus Respectivos Cargos

Decreto 2048 de 1993 · por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1993 sobre el Servicio de Reclutamiento y Movilización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades militares deberán tener en cuenta las siguientes disposiciones

a)

Para los efectos del literal g) del artículo 41 de la Ley 48 de 1993, la orden impartida por las autoridades de Reclutamiento se hará efectiva mediante la utilización de patrullas que conducirán a los remisos para ser incorporados de conformidad con la ley;

b)

Las entidades o empresas a que hace referencia el literal h) del artículo 41 de la Ley 48 de 1993 serán sancionadas con multa de cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por cada ciudadano vinculado ilegalmente o que no reintegre en sus respectivos cargos. CAPITULO XII Reservistas y su clasificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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Artículo 50 · Decreto 2048/93 — Micelio