Micelio

Artículo 1

Los Gravámenes Establecidos En Desarrollo De La Ley 49 De 1967 Seguirán Recaudándose En Los Departamentos Del Valle Del Cauca Y Del Tolima, Por Todo El Tiempo Necesario Para Atender A Las Obligaciones Contraídas Con Motivo De Las Obras, Los Preparativos Y La Realización De Los Vi Juegos Panamericanos Y De Los Ix Juegos Nacionales De Ibagué, Respectivamente

Decreto 2214 de 1969 · por el cual se establece un impuesto adicional sobre el consumo de licores extranjeros y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los gravámenes establecidos en desarrollo de la Ley 49 de 1967 seguirán recaudándose en los Departamentos del Valle del Cauca y del Tolima, por todo el tiempo necesario para atender a las obligaciones contraídas con motivo de las obras, los preparativos y la realización de los VI Juegos Panamericanos y de los IX Juegos Nacionales de Ibagué, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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