Micelio

Artículo 2

Desde La Fecha Del Presente Decreto, Suprímese El Puesto De Guarnicionero De La Escuela Militar De Cadetes, Y Restablécese, Con Fecha 1° De Los Corrientes, El Puesto De Herrador, Con La Asignación Mensual De $ 45

Decreto 534 de 1931 · Por el cual se modifica el Decreto número 450 del presente año, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde la fecha del presente Decreto, suprímese el puesto de Guarnicionero de la Escuela Militar de Cadetes, y restablécese, con fecha 1° de los corrientes, el puesto de Herrador, con la asignación mensual de $ 45.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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