° Desde la fecha del presente Decreto, suprímese el puesto de Guarnicionero de la Escuela Militar de Cadetes, y restablécese, con fecha 1° de los corrientes, el puesto de Herrador, con la asignación mensual de $ 45.
Decreto 534 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Desde La Fecha Del Presente Decreto, Suprímese El Puesto De Guarnicionero De La Escuela Militar De Cadetes, Y Restablécese, Con Fecha 1° De Los Corrientes, El Puesto De Herrador, Con La Asignación Mensual De $ 45
Decreto 534 de 1931 · Por el cual se modifica el Decreto número 450 del presente año, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.