Cuando una vía de comunicación que sirve de límite entre dos entidades políticas se modifica o cuando se construya una vía de comunicación en la vecindad de uno de los tales límites se deberá proceder de hecho a la revisión de ellos, de conformidad con las disposiciones de la Ley 62 y del presente Decreto.
Decreto 803 de 1940 →Vigente
Artículo 24
Cuando Una Vía De Comunicación Que Sirve De Límite Entre Dos Entidades Políticas Se Modifica O Cuando Se Construya Una Vía De Comunicación En La Vecindad De Uno De Los Tales Límites Se Deberá Proceder De Hecho A La Revisión De Ellos, De Conformidad Con Las Disposiciones De La Ley 62 Y Del Presente Decreto
Decreto 803 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 62 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.