No podrán acogerse al régimen simplificado
Las sociedades, cualquiera que fuere su naturaleza.
Los responsables que vendan bienes corporales muebles que hubieren importado.
Los responsables que vendan por cuenta de terceros, así sea a nombre propio.
Los responsables cuyas ventas estén sometidas a tarifas diferenciales del treinta y cinco por ciento (35%) o del veinte por ciento (20%).
Los responsables que presten los servicios de clubes, parqueaderos, seguros, telegramas, télex y teléfono; tiquetes de transporte internacional de pasajeros, vía marítima o aérea; arrendamiento de bienes corporales muebles incluido el arrendamiento financiero (leasing); computación, hoteles de tres o más estrellas y fabricación, elaboración o construcción que dé como resultado un bien sometido a la tarifa del treinta y cinco por ciento (35%) o del veinte por ciento (20%).