Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1197 de 1995 · por el cual se otorga una facultad a la Sociedad Fiduciaria La Previsora S.A., en su condición de representante legal del Fondo Nacional de Calamidades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las facultades que se le confieren a la representante legal del Fondo Nacional de Calamidades para adelantar el proceso de escrituración pendiente, se otorgan por una sola vez y, en consecuencia los poseedores de los inmuebles cuya titulación no se lleve a cabo dentro del término previsto en el presente Decreto, deberán acudir a la jurisdicción ordinaria para legalizar la propiedad sobre los mismos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1197 de 1995