Micelio

Artículo 2.4.1.1.1.1.20

Ascensos

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ascensos. Para el ascenso al grado inmediatamente superior se deben cumplir con los siguientes requisitos

1.

Título, certificado o diploma del curso aprobado de ascenso obtenido en un ins­tituto de educación superior, de un centro de educación para el trabajo y el de­sarrollo humano o centro de educación marítima reconocido por la Autoridad Marítima Nacional.

2.

Acreditar continuidad de la competencia profesional.

3.

Certificado médico de aptitud física vigente.

4.

Captura datos biométricos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015