Micelio

Artículo 38

Terminada La Visita Y Hechas Las Comprobaciones De Rigor, El Funcionario Levantará Un Acta Que Firmarán Las Partes Que Intervinieron En Esta Diligencia

Decreto 1950 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1962, sobre ejercicio de la profesión de Químico-Farmacéutico, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Terminada la visita y hechas las comprobaciones de rigor, el funcionario levantará un acta que firmarán las partes que intervinieron en esta diligencia. Con base en el acta de visita se procederá a autorizar el funcionamiento del establecimiento, y a efectuar la inscripción del mismo o a negar la solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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