Micelio

Artículo 10

Decreto 3803 de 2006 · por el cual se establecen disposiciones relacionadas con las solicitudes de registro y licencia de importación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las licencias de importación podrán prorrogarse por el Comité de Importaciones, por un término de tres (3) meses, siempre y cuando la solicitud se presente antes del vencimiento de la licencia inicialmente aprobada y se acompañ de la respectiva justificación.

Parágrafo

En casos excepcionales y debidamente justificados, cuando se trate de bienes de capital de fabricación especial o productos de difícil consecución en el mercado internacional por escasez de oferta, el Comité de Importaciones podrá conceder nuevas prórrogas por períodos sucesivos de hasta de tres (3) meses cada una, sin llegar a superar los doce (12) meses de prórroga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3803 de 2006