Micelio

Artículo 5

El Monto De Los Subsidios Familiares De Vivienda Destinados A La Adquisición De Vivienda De Interés Social Urbana Nueva, Que Fonvivienda Asigne A Los Hogares Que Cumplan Las Condiciones Señaladas En El Presente Decreto, Dependerá De Los Ingresos Del Hogar Objeto Del Subsidio, De Acuerdo Con Los Siguientes Parámetros: A) A Los Hogares Con Ingresos Superiores A Dos (2) Smmlv Y Hasta Tres (3) Smmlv, Podrá Asignárseles Un Subsidio Hasta Por El Monto Equivalente A Veinte (20) Smmlv, Al Momento De La Asignación; B) A Los Hogares Con Ingresos Superiores A Tres (3) Smmlv Y Hasta Cuatro (4) Smmlv, Podrá Asignárseles Un Subsidio Hasta Por El Monto Equivalente A Doce (12) Smmlv, Al Momento De La Asignación

Decreto 428 de 2015 · por el cual se implementa el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El monto de los subsidios familiares de vivienda destinados a la adquisición de vivienda de interés social urbana nueva, que Fonvivienda asigne a los hogares que cumplan las condiciones señaladas en el presente decreto, dependerá de los ingresos del hogar objeto del subsidio, de acuerdo con los siguientes parámetros

a)

A los hogares con ingresos superiores a dos (2) smmlv y hasta tres (3) smmlv, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a veinte (20) smmlv, al momento de la asignación;

b)

A los hogares con ingresos superiores a tres (3) smmlv y hasta cuatro (4) smmlv, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a doce (12) smmlv, al momento de la asignación.

Parágrafo 1

Para todos los efectos, cuando en el presente decreto se hace referencia a los ingresos del hogar, se entenderá que son los ingresos totales que aquel devenga mensualmente.

Parágrafo 2

En los actos de asignación del subsidio familiar de vivienda a que se refiere el presente artículo, se indicará expresamente que las condiciones para su aplicación y los demás beneficios a que tendría derecho el hogar, en el marco del programa, se sujetarán a lo establecido en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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