Micelio

Artículo 14

Decreto 1725 de 1997 · por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de estudios económicos Conforme a las políticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina de Estudios Económicos, para ejercer las directamente o a través de su organización interna, las siguientes

a)

Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la elaboración de estudios económicos en el campo tributario, aduanero y de control de cambios;

b)

Crear y administrar bases de datos con información económica relacionada con la actividad tributaria, aduanera y cambiaria;

c)

Realizar estudios y establecer indicadores del comportamiento económico, tributario y aduanero, por sectores y actividades económicas, para la orientación de los programas y acciones de competencia de la entidad;

d)

Recopilar, procesar, analizar y difundir las estadísticas relacionadas con la gestión tributaria nacional, con la operación aduanera y el control de cambios;

e)

Asesorar a las diversas áreas de la entidad en la elaboración y análisis de las estadísticas que produzcan;

f)

Asesorar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la definición de las políticas en materias tributaria, aduanera y cambiaria;

g)

Realizar proyecciones y estudios sobre el comportamiento de los recaudos administrados por la entidad, para la orientación de la toma de decisiones;

h)

Asesorar al Director General para la determinación del plan anual de recaudo;

i)

Definir y ejecutar el Plan de Supervisión y Control del área a nivel nacional;

j)

Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de sus planes, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia;

k)

Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y desarrollo adecuado de las actividades del área a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la Oficina de Planeación; I) Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Estudios Económicos en las Direcciones Regionales y Especiales de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad; m) Las demás que le asigne el Director General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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