Micelio

Artículo 35

Ningún Miembro De La Junta Directiva Ni Funcionario Del Fondo, Podrá, So Pena De Incurrir En Causal De Mala Conducta, Revelar Los Planes, Programas, Proyectos Y Actos Que Se Encuentran En Estudio O En Proceso De Adopción, Salvo Que La Junta Directiva A El Director Hayan Autorizado La Información

Decreto 2569 de 1983 · por el cual se aprueban los estatutos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ningún miembro de la Junta Directiva ni funcionario del Fondo, podrá, so pena de incurrir en causal de mala conducta, revelar los planes, programas, proyectos y actos que se encuentran en estudio o en proceso de adopción, salvo que la Junta Directiva a el Director hayan autorizado la información. Todo informe sobre asuntos resueltos o adoptados que deba darse al público en general, a. los particulares, interesados, así como la información que se suministre a estos últimos sobre el trámite de sus negocios, se dará ele conformidad con las reglamentaciones que con carácter general se expidan o con la autorización en cada caso concreto del Director General o del Jefe de la Unidad del servicio correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2569 de 1983