Micelio

Artículo 9

La Intendencia Fluvial De Cartagena Depende De La Tesorería De La Canalización Del Rio Magdalena, Solo En Cuanto Recauda El Impuesto Fluvial De La Carga Que Se Transporta De Cartagena A Calamar, Para Embarcar Allí En Los Vehículos Del Rio

Decreto 797 de 1915 · Por el cual se crea una Junta de Canalización y se reorganiza este servicio en el río Magdalena

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Intendencia Fluvial de Cartagena depende de la Tesorería de la Canalización del rio Magdalena, solo en cuanto recauda el impuesto fluvial de la carga que se transporta de Cartagena a Calamar, para embarcar allí en los vehículos del rio.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 797 de 1915