º Una vez practicadas las pruebas, el funcionario remitirá el expediente al Jefe de la División de Asuntos Individuales del Ministerio o al correspondiente Director del Trabajo, quien resolverá dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha del recibo del expediente.
Decreto 2497 de 1963 →Vigente
Artículo 3
Una Vez Practicadas Las Pruebas, El Funcionario Remitirá El Expediente Al Jefe De La División De Asuntos Individuales Del Ministerio O Al Correspondiente Director Del Trabajo, Quien Resolverá Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Fecha Del Recibo Del Expediente
Decreto 2497 de 1963 · Por el cual se reglamentan los artículos 51, 61, 464 y 466 del Código Sustantivo del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.