Micelio

Artículo 14

Validez De Personerías Jurídicas

Decreto 641 de 2001 · por el cual se reglamenta la Ley 582 de 2000 sobre deporte asociado de personas con limitaciones físicas, mentales o sensoriales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Validez de personerías jurídicas . De conformidad con lo dispuesto en el

Parágrafo

del artículo cuarto de la Ley 582 de 2000, las personerías jurídicas de clubes, ligas y federaciones de las personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, otorgadas a la fecha de la expedición de la Ley 181 de 1995 se entienden válidas y sólo deberán obtener el reconocimiento deportivo por la autoridad deportiva competente. Las personerías jurídicas de clubes, ligas y federaciones de las personas con limitaciones físicas, sensoriales o mentales, otorgadas después de la expedición de la Ley 181 de 1995 deberán adecuarse a lo dispuesto en el presente Decreto dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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