Micelio

Artículo 31

Las Disposiciones Que Posteriormente Se Dicten Por La Intendencia En Relación Con Este Decreto, Serán Consultadas Con El Ministerio De Gobierno

Decreto 174 de 1915 · Por el cual se aprueba otro del Intendente Nacional del Territorio del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébase el Decreto número 16 de 1914 (21 de noviembre), del señor Intendente Nacional del Territorio del Chocó, sobre arbitrios municipales, con la siguiente adición: Artículo 31. Las disposiciones que posteriormente se dicten por la Intendencia en relación con este Decreto, serán consultadas con el Ministerio de Gobierno. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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