Cuando no sea de la incumbencia del Gobernador la resolución del asunto, una vez perfeccionado el sumario lo remitirá al Ministerio de Guerra ó a la Comisaría Judicial, según el caso.
Decreto 1281 de 1908 →Vigente
Artículo 6
Cuando No Sea De La Incumbencia Del Gobernador La Resolución Del Asunto, Una Vez Perfeccionado El Sumario Lo Remitirá Al Ministerio De Guerra Ó A La Comisaría Judicial, Según El Caso
Decreto 1281 de 1908 · Por el cual se reglamenta el modo de proceder en la investigación de los delitos de que trata la Ley 18 de 1908, y las demás relativas al orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.