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Artículo 2.2.1.5.8

Etapas Para La Formulación Del Plan Estratégico Regional Per: Para La Formulación Del Plan Estratégico Regional -Per Se Seguirán Las Siguientes Etapas:

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Etapas para la formulación del Plan Estratégico Regional PER: Para la formulación del Plan Estratégico Regional -PER se seguirán las siguientes etapas:.1. Alistamiento: Esta etapa se refiere al análisis y determinación de las condiciones iniciales de la organización y capacidades institucionales.2. Diagnóstico territorial: Esta etapa se refiere a la determinación de las condiciones de los hechos regionales priorizados por la RAP.3. Formulación: Esta etapa parte de los principales aspectos encontrados en la etapa de diagnóstico para formular los componentes temáticos y estratégicos del PER, abordando los hechos regionales priorizados por la RAP y sus interacciones con las dimensiones del desarrollo sostenible.4. Adopción e implementación: Esta etapa corresponde a la puesta en marcha del Plan Estratégico Regional, el cual se deberá adoptar mediante el respectivo acto administrativo, y con la previa socialización a las asambleas departamentales, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 2.2.1.5.9 de este capítulo para tal fin.5. Seguimiento y evaluación: El seguimiento se realiza a partir de los indicadores de línea base identificados en el diagnóstico, y las metas fijadas en los objetivos, programas y proyectos, analizando la evolución hacia el modelo futuro.Parágrafo 1. La dimensión ambiental identificada en el PER se coordinará, armonizará y articulará desde la etapa de alistamiento, con las autoridades ambientales competentes, para lo cual éstas deben entregar a las RAP las determinantes ambientales del área de su jurisdicción. Las autoridades ambientales relacionadas podrán, junto con las RAP realizar mesas de socialización y explicación de las mismas, con el fin de que sean incorporadas debidamente en el PER. Las autoridades ambientales competentes serán vinculadas al proceso de formulación del PER mediante comunicación escrita enviada por correo certificado a su domicilio: Si mediante comunicación escrita de las autoridades ambientales involucradas en el proceso no se evidencia la articulación mencionada dentro de los tres (3) meses siguientes a la recepción de la comunicación que da a conocer la vinculación de las autoridades ambientales competentes para el proceso de formulación del plan, la RAP podrá seguir con el trámite para la adopción del mismo, dejando una constancia motivada que debe ser comunicada a las autoridades vinculadas.Parágrafo 2. Durante el proceso de participación de las etapas de alistamiento, diagnóstico y formulación la RAP vinculará, entre otros actores, a la Comisión Regional de Ordenamiento Territorial, los Consejos Territoriales de Planeación, las Comisiones Regionales de Competitividad y los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación con competencia en la jurisdicción de la RAP a afectos de que conjuntamente, adelanten y coordinen la incorporación al plan de los temas de competencia de cada uno de estos entes. Las autoridades referidas en este parágrafo serán vinculadas al proceso de formulación del PER mediante comunicación escrita enviada por correo certificado a su domicilio. Si transcurridos tres (3) meses contados desde el día siguiente a la recepción de la comunicación de vinculación de los actores a los que se refiere este parágrafo, mediante comunicación escrita no se evidencia la articulación mencionada con las citadas autoridades, la RAP podrá seguir con el trámite para la adopción del plan dejando una constancia motivada que debe ser comunicada a las autoridades vinculadas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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