Micelio

Artículo 16

Modalidades Del Subsidio En Especie

Decreto 784 de 1989 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 21 de 1982, y 71 de 1988

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modalidades del Subsidio en Especie . El Subsidio Familiar en Especie, podrá consistir en el suministro de

1.

Medicamentos, cuando no son suministrados por otra entidad de Seguridad Social.

2.

Aparatos ortopédicos, prótesis y demás implementos de rehabilitación, no suministrados por otra entidad de seguridad o prevención social.

3.

Ajuares, vestidos y demás efectos relacionados con el nacimiento de los hijos del afiliado.

4.

Leche, alimentos enriquecidos, medicamentos y demás artículos relacionados con el nacimiento de los hijos del afiliado.

5.

Textos, útiles escolares y demás material para la educación y formación de los hijos de los afiliados.

6.

Semillas, abonos, vestidos de labor y elementos de trabajo para el trabajador afiliado del sector primario de la economía y sus personas a cargo.

7.

Materiales de instrucción, capacitación y orientación para los adolescentes hijos de los afiliados y los demás miembros de su familia.

8.

Becas, créditos y demás mecanismos para la formación y capacitación de los afiliados y las personas a su cargo.

9.

Productos o elementos que formen parte de programas de alimentación y nutrición que se organicen para las madres embarazadas, los hijos y los ancianos desprotegidos.

10.

Cursos, folletos, exámenes clínicos y de laboratorio, elementos de educación y preparación para el matrimonio de los afiliados y de las personas a cargo.

11.

Boletos de viaje, excursiones, créditos y demás aspectos relacionados con el establecimiento de la familia del afiliado o de las personas a cargo.

12.

Elementos de recreación y posibilidad de utilización de servicios sociales para el trabajador y su familia en el trabajo activo, en caso de incapacidad, vacaciones o en situaciones de retiro.

13.

Suministro de servicios y elementos funerarios, de inhumación o de cremación, en caso de muerte del afiliado y de las personas a su cargo. CAPITULO III SUBSIDIO FAMILIAR EN SERVICIOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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