La función represiva se ejerce cuando la labor preventiva ha sido infructuosa; en esta función la Policía procederá a la captura de los responsables de delitos sorprendidos infraganti. Además, en caso de alteración del orden público o cuando sectores del pueblo se alcen contra el Gobierno legítimamente constituido o promuevan desórdenes que coloquen en plano de inseguridad al Poder del Estado, la Policía reprimirá rápidamente tales hechos para restaurar la normalidad perturbada.
Decreto 1667 de 1966 →Vigente
Artículo 24
La Función Represiva Se Ejerce Cuando La Labor Preventiva Ha Sido Infructuosa; En Esta Función La Policía Procederá A La Captura De Los Responsables De Delitos Sorprendidos Infraganti
Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.