º De la llegada de las encomiendas se dará aviso al destinatario por medio de un tiquete expedido por duplicado al cual se acompañará el boletín de expedición de los paquetes respectivos cuando exista ese documento.
Decreto 1786 de 1925 →Vigente
Artículo 3
De La Llegada De Las Encomiendas Se Dará Aviso Al Destinatario Por Medio De Un Tiquete Expedido Por Duplicado Al Cual Se Acompañará El Boletín De Expedición De Los Paquetes Respectivos Cuando Exista Ese Documento
Decreto 1786 de 1925 · Por el cual se reforma el Decreto 985 de 1925 y se dictan otras disposiciones sobre el curso de encomiendas postales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.