Micelio

Artículo 24

Son Funciones Del Comité De Coordinación De La Producción Agropecuaria: A) Revisar El Plan Global De Desarrollo Agropecuario: B) Tomar Las Medidas Necesarias Para Coordinar La Ejecución De Los Programas Agropecuarios; C) Las Demás Necesarias Para Un Eficiente Desarrollo Agropecuario

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Comité de Coordinación de la Producción Agropecuaria

a)

Revisar el plan global de desarrollo agropecuario:

b)

Tomar las medidas necesarias para coordinar la ejecución de los programas agropecuarios;

c)

Las demás necesarias para un eficiente desarrollo agropecuario.

Parágrafo

El Comité de Coordinación de la Producción Agropecuaria, se reunirá por lo menos una vez al mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3117 de 1963