Micelio

Artículo 41

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funcionarios de instrucción:

Los encargados del detall.

Los Ayudantes.

Los Oficiales Adjuntos o de Estado Mayor de las Unidades superiores.

Parágrafo

Para la averiguación de los delitos cometidos por individuos que deban ser juzgados por los Consejos de Guerra Superiores serán funcionarios de instrucción los Oficiales Superiores designados , anticipadamente por el Comandante de la Unidad superior (División o Brigada), o cualesquier Oficiales idóneos que elija el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 84 de 1931