División de Representación Externa . De acuerdo con las políticas e instrucciones del Subdirector, son funciones de la División de Representación Externa
Hacerse parte en los procesos que en materia de los administrados por la Dirección de Impuestos Nacionales, se promuevan ante la jurisdicción de lo Contensioso Administrativo en todo el territorio nacional y asesorar a las Administraciones de Impuestos Nacionales en las actuaciones ante esa jurisdicción. El Jefe de la División de Representación Externa, con el visto bueno del Subdirector Jurídico, podrá delegar en funcionarios de las Administraciones de Impuestos, la función de hacerse parte en los procesos contenciosos, o adelantarlos, en materia de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos Nacionales.
Informarse sobre las demandas de inexequibilidad de las normas tributarias que regulan los impuesto administrados por la Dirección de Impuestos Nacionales e intervenir en dichos procesos;
Las demás que le asigne el Subdirector Jurídico.