Micelio

Artículo 5

º

Decreto 1150 de 1999 · por el cual se establece la planta de personal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la Republica y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los cargos que se crean mediante el presente Decreto, tendrán la remuneración correspondiente a la escala salarial de los Empleados Públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional.

Parágrafo 1

Los Directivos Docentes y los Docentes de la Planta de Personal del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, Programa Educación, devengarán la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el Escalafón Nacional Docente, de conformidad con el régimen especial del Estatuto Docente para el Sector Educativo Oficial.

Parágrafo 2

Los empleos correspondientes a médicos y odontólogos en el Programa de IPS de la Dirección de Desarrollo y Bienestar Social, serán empleos de medio tiempo, con una remuneración mensual liquidada hora mes, teniendo como base la asignación básica mensual del grado salarial correspondiente. En ningún caso podrán superar las 32 horas mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1150 de 1999