ARTICULO 3.2.3.8.- VALOR DE LOS CERTIFICADOS DEL REPRESENTANTE LEGAL. Los certificados expedidos por el representante legal de una bolsa de valores, sobre el precio en bolsa de los valores inscritos en ella, harán fe en todas las causas judiciales y ante cualquier clase de autoridades administrativas.
Decreto 653 de 1993 →Inexequible
Artículo 3.2.3.8
- Valor De Los Certificados Del Representante Legal
Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.