Micelio

Artículo 1

Modifícase El Primer Párrafo Del Numeral 1 De Las Notas Complementarias Nacionales Del Capítulo 87, El Cual Quedará Así: "1

Decreto 4838 de 2008 · por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el primer párrafo del numeral 1 de las Notas Complementarias Nacionales del Capítulo 87, el cual quedará así: "1. Los gravámenes que se aplicarán a los vehículos completos o incompletos, de las partidas 8701 a 8706, que importen desarmados las industrias de fabricación o ensamble debidamente autorizadas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, por la Entidad que este designe o que tengan celebrado contrato de fabricación o ensamble con el Gobierno Nacional, se liquidarán por unidad producida o ensamblada dentro del depósito habilitado o en zona franca".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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