Micelio

Artículo 1

Pertenecen Al Primer Grupo De Los Enumerados En El Artículo 1° Del De­creto Número 1206 De 1927, Los Gases Lla­mados Lacrimógenos O Lacrimosos, Gástricos Y Letales O Catalépticos, Los Aparatos De Cualquier Clase Para Disparar Los Cartuchos, Bombas Y Demás Receptáculos De Tales Ga­ses Y Las Máquinas Y Elementos Para Cargar Cartuchos Para Las Armas Pertenecientes A Este Primer Grupo

Decreto 66 de 1935 · POR EL CUAL SE ADICIONAN LOS DECRETOS NÚMEROS 1206 DE 1927 Y 954 DE 1932

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Pertenecen al primer grupo de los enumerados en el artículo 1° del De­creto número 1206 de 1927, los gases lla­mados lacrimógenos o lacrimosos, gástricos y letales o catalépticos, los aparatos de cualquier clase para disparar los cartuchos, bombas y demás receptáculos de tales ga­ses y las máquinas y elementos para cargar cartuchos para las armas pertenecientes a este primer grupo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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