Micelio

Artículo 9

De La Ley 47 De 1881 (6 De Junio) Consignará, En Realidad De Depósito, Cuatro Pesos Como Garantía De Que La Cajilla Será Entregada En Perfecto Buen Estado Y Con El Número De Llaves Recibidas De La Oficina, El Día En Que Se Retire Definitivamente Del Apartado

Decreto 525 de 1882 · Que ordena la ejecución inmediata de algunas disposiciones de la ley 66 de 1882 (12 de septiembre)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 9.° Quedan suprimidas las patentes de apartado, que desde el próximo cuatrimestre serán sustituidas por simples recibos conforme á la fórmula que dará la Secretaría de Fomento de la Unión. En las oficinas en que haya cajillas para ese servicio, cada uno de los que quieran tener el derecho de apartado, además de pagar la cuota correspondiente á ese derecho según el artículo 3.° de la ley 47 de 1881 (6 de Junio) consignará, en realidad de depósito, cuatro pesos como garantía de que la cajilla será entregada en perfecto buen estado y con el número de llaves recibidas de la oficina, el día en que se retire definitivamente del apartado. El depósito será restituido al depositante si la cajilla y sus llaves fueren devueltas á la oficina sin novedad: pero en caso contrario, dicho depósito ingresará definitivamente al Tesoro nacional, y el frente metálico y las llaves que existan se entregarán al depositante.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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