Micelio

Artículo 7

Los Empleados Públicos De La Unidad Administrativa Especial De Aeronáutica Civil, Aerocivil, Continuarán Percibiendo La Remuneración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Planta De Personal De La Entidad Y Tomen Posesión Del Cargo

Decreto 261 de 2004 · por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, Aerocivil, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal de la Entidad y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 261 de 2004