Micelio

Artículo 4

"el Patrimonio Del Hospital Militar Central Está Constituido Por: A) Los Bienes Muebles E Inmuebles Que Haya Adquirido O Llegare A Adquirir, Así Como Todas Aquellas Inversiones Temporales Y Depósitos En Dinero O En Especie Que Posea A Cualquier Título; B) Las Donaciones Que Se Hagan Al Hospital Por Parte De Entidades Públicas O Personas Naturales O Jurídicas De Derecho Privado, Con, Autorización De La Junta Directiva; C) El Superávit Neto De Cada Ejercicio Fiscal

Decreto 2348 de 1971 · Por el cual se reestructura el Hospital Militar Central

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"El patrimonio del Hospital Militar Central está constituido por

a)

Los bienes muebles e inmuebles que haya adquirido o llegare a adquirir, así como todas aquellas inversiones temporales y depósitos en dinero o en especie que posea a cualquier título;

b)

Las donaciones que se hagan al hospital por parte de entidades públicas o personas naturales o jurídicas de derecho privado, con, autorización de la Junta Directiva;

c)

El superávit neto de cada ejercicio fiscal. Las rentas del Hospital Militar Central están constituidas por: a) Los aportes del presupuesto nacional a que está obligado el Estado para cubrir los gastos que ocasionen los servicios asistenciales al personal militar y civil del Ministerio de Defensa y a sus beneficiarios, de conformidad con las disposiciones vigentes; b) Los ingresos provenientes de servicios asistenciales prestados a entidades oficiales, semioficiales y particulares, conforme a los contratos que se suscriban; c) Los ingresos provenientes de pacientes particulares que paguen total o parcialmente los servicios respectivos;

d)

Los ingresos por concepto de docencia o por cualquier otra clase de servicios;

e)

El porcentaje de los honorarios profesionales por concepto de atención a pacientes institucionales, conforme a reglamentación que expida la junta Directiva;

f)

Los demás ingresos que le sean reconocidos por leyes, decretos, ordenanzas o acuerdos. (Modificado según Art 1 decreto 2181 de 1984)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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