Micelio

Artículo 1

Decreto 560 de 1953 · Por el cual se modifica el artículo 5º del Decreto legislativo número 3300 de 1950, sobre destinación del producto de un empréstito contratado por el Departamento del Huila

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 5° del Decreto legislativo número 3300 de 1950 quedará así:

"El producto del empréstito para el Departamento del Huila tendrá la siguiente destinación:

a)

Para suscripción y pago de acciones en la sociedad Central Hidroeléctrica del Huila. S.A., constituida por escritura pública número 417 de 17 de julio de 1947, ante el Notario 8º de Bogotá, hasta setecientos cincuenta mil pesos ($ 750.000.00); y

b)

Para compra de equipos necesarios para la construcción de caminos carreteables, hasta doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00)".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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