°. Apruébase la reforma del artículo 35 de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A., autorizada en la Asamblea General de Accionistas, según el Acta No. 12 del 31 de Marzo de 1998, de acuerdo con el siguiente extracto: 10.2 “Reforma Estatutos Sociales Finalmente la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, por propuesta del doctor Felipe Negret Mosquera, aprueba modificar los Estatutos Sociales de la compañía en su Artículo 35 referente a la integración de la Junta Directiva, el cual quedará así: “Artículo 35. INTEGRACION: La Junta Directiva es el órgano de administración de la sociedad, ejecuta las órdenes recibidas de la Asamblea General de Accionistas para el buen desempeño de la entidad y se encuentra integrada por: (...) e.). Un miembro principal elegido por la Asamblea General de Accionistas, con suplencia del Vicepresidente Financiero de la Previsora S.A. Compañía de Seguros”. Agotado el orden del día y no existiendo otros temas que tratar en la reunión ordinaria de la Asamblea General de Accionistas, la Presidente de la Asamblea procedió a levantar la sesión a las 4:40 p.m. Para constancia de todo lo anterior se firma la presente acta por la comisión aprobatoria del acta y por el Presidente y el Secretario de la reunión. La Comisión aprobatoria del acta: (Fdo.) (Fdo.) Militza Buitrago del Portillo Orlando Parra Parra La Presidente y el Secretario de la reunión: (Fdo.) (Fdo.) Militza Buitrago del Portillo Edgar Felipe Muriel Tobón Presidente Secretario
Decreto 2047 de 1998 →Vigente
Artículo 1
Apruébase La Reforma Del Artículo 35 De Los Estatutos Sociales De La Fiduciaria La Previsora S
Decreto 2047 de 1998 · por el cual se aprueba la reforma del artículo 35 de los Estatutos Sociales de la Fiduciaria La Previsora S.A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.