Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.1.6.3.4. Pronunciamientos de las comisiones regionales de competitividad. La Coordinación Nacional de las Comisiones Regionales de Competitividad, en coordinación con las autoridades departamentales, podrá promover mecanismos para la toma de decisiones y para la presentación de los pronunciamientos de las Comisiones.
(Decreto 1500 de 2012, artículo 13)
TEXTO CORRESPONDIENTE A