Micelio

Artículo 3

El Celador Recaudará En La Forma Que Determine El Ministerio De Obras Públicas, El Valor De Los Arrendamientos Y Remitirá El Producto Del Mes Anterior A La Tesorería General De La República, En Los Primeros Cinco Días De Cada Mes, Junto Con Las Cuentas Respectivas

Decreto 1844 de 1915 · por el cual se hace un nombramiento y se reglamenta la explotación del Hotel de Apulo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Celador recaudará en la forma que determine el Ministerio de Obras Públicas, el valor de los arrendamientos y remitirá el producto del mes anterior a la Tesorería General de la República, en los primeros cinco días de cada mes, junto con las cuentas respectivas. Un duplicado de esta misma cuenta se remitirá en el mismo término al Ministerio de Obras Públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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