Artículo segundo. El valor correspondiente a los aportes, tendrá la siguiente apropiación presupuestal: Programa 02 - Construcción y dotación de instalaciones de control automotor. Proyecto 003 - Terminales de Transporte . Bogotá $ 10.000.000 Armenia 2.000.000 Cartagena 2.000.000 Manizales 3.000.000 Duitama 2.000.000 Ipia1es 3.000.000 Proyecto 006 - Transporte Masivo . Promotora de Transporte Masivo "Protrans Ltda." 2.350.000 Proyecto 007 - Centro de Diagnóstico . Centro de Diagnóstico Automotor del Valle del Cauca Ltda. 1.200.000
Decreto 422 de 1982 →Vigente
Artículo 2
Decreto 422 de 1982 · Por el cual se autoriza al Instituto Nacional de Transporte para formar parte en sociedades y se incrementan unas participaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.