Micelio

Artículo 31

Para Obtener El Título De Magíster O De Doctor Se Requiere: A)

Decreto 3200 de 1979 · por el cual se dictan normas sobre la enseñanza del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para obtener el título de Magíster o de Doctor se requiere: a). Ser abogado titulado. b). Haber cumplido el respectivo programa académico y c). Presentar un trabajo de investigación acorde con el programa, sustentarlo y aprobarlo en examen público ante el jurado que se integre de conformidad con el reglamento de la institución. El trabajo de investigación a que se refiere este artículo deberá ser autorizado previamente y supervisado en su elaboración por el centro de investigaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3200 de 1979