Micelio

Artículo 9

El Ministerio De Agricultura Establecerá, Mediante Resoluciones De Carácter General, Las Prácticas Básicas De Explotación Y Manejo Para Las Actividades Agrícolas, Ganaderas Y Forestales, Amoldándolas A Los Recursos Y Características Regionales, Y Teniendo En Cuenta Los Siguientes Factores: 1

Decreto 2882 de 1977 · Por el cual se reglamenta el numeral 3) del artículo 56 de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por el artículo 21 de la Ley 4 de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Ministerio de Agricultura establecerá, mediante resoluciones de carácter general, las prácticas básicas de explotación y manejo para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, amoldándolas a los recursos y características regionales, y teniendo en cuenta los siguientes factores

1.

Para explotaciones ganaderas

a)

Cumplimiento de las compañías sanitarias nacionales y regionales;

b)

Clasificación de ganado y utilización de productores; c)Manejo practico de praderas; d) Abastecimiento de aguas; e) Suministro de sales minerales; f) Instalaciones y equipos indispensables para poder cumplir con los requerimientos de que tratan los literales anteriores; g) Libros de inventarios, movimientos de ganado y producción de leche y lana; h)Que cuenten con un eficaz sistema de administración y asistencia técnica.

2.

Para explotaciones agrícolas

a)

Disponibilidad, estadio y mantenimiento de maquinaria;

b)

Instalaciones indispensables para adelantar el cultivo de que se trate;

c)

Utilización de insumos necesarios para cada cultivo;

d)

Prácticas culturales y sanitarias básicas;

e)

Estado General de los Cultivos;

f)

Registros básicos de prácticas de cultivo realizadas;

g)

Registros básicos de producción; h)Que cuenten con un eficaz sistema de administración y asistencia técnica.

3.

Para explotaciones forestales

a)

Relación espaciamiento-altura, de acuerdo con las tablas elaboradas por tal efecto por el instituto nacional de recursos naturales renovables y del ambiente. Indirena;

b)

Prácticas mínimas de control de malezas en la plantación;

c)

Práctica de limpieza de residuos por intervenciones en la plantación;d) Procedimientos básicos del control de plagas, enfermedades e incendios.

Parágrafo

El Ministerio de Agricultura señalará la forma en que tales normas deben cumpliesen para que se presuma que en un predio se han obtenido los mínimos de productividad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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