Micelio

Artículo 925

Del Código Judicial De La Unión

Decreto 787 de 1885 · Por el cual se hacen ciertas aclaraciones respecto de los créditos del Banco Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Los pagarés otorgados y los que en lo sucesivo se otorguen á favor del Banco Nacional tienen fuerza de escrituras públicas para todos los efectos legales y, en consecuencia, aparejan mérito ejecutivo, lo mismo que los documentos mencionados en el artículo 925 del Código Judicial de la Unión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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