Micelio

Artículo 39

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comité Operativo tendrá las siguientes funciones:

a)

Diagnosticar el funcionamiento de cada una de las dependencias administrativas y determinar políticas que permitan el desarrollo de cada una de ellas;

b)

Evaluar la ejecución del presupuesto y las necesidades de inversión y funcionamiento, señalando las prioridades de las mismas;

c)

Analizar el cumplimiento de las decisiones tomadas en las reuniones anteriores;

d)

Reunirse ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando el Secretario General lo convoque.

Parágrafo

El Comité Operativo estará integrado por el Secretario General quien lo presidirá, los Jefes de las Divisiones Jurídica, Servicios Administrativos, Administración de Personal, Sistemas, Financiera y Oficina de Planeación.

El Viceprocurador asistirá como invitado.

El Secretario del Comité Operativo será un empleado de la Secretaría General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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