El Comité Operativo tendrá las siguientes funciones:
Diagnosticar el funcionamiento de cada una de las dependencias administrativas y determinar políticas que permitan el desarrollo de cada una de ellas;
Evaluar la ejecución del presupuesto y las necesidades de inversión y funcionamiento, señalando las prioridades de las mismas;
Analizar el cumplimiento de las decisiones tomadas en las reuniones anteriores;
Reunirse ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando el Secretario General lo convoque.
El Comité Operativo estará integrado por el Secretario General quien lo presidirá, los Jefes de las Divisiones Jurídica, Servicios Administrativos, Administración de Personal, Sistemas, Financiera y Oficina de Planeación.
El Viceprocurador asistirá como invitado.
El Secretario del Comité Operativo será un empleado de la Secretaría General.