Micelio

Artículo 3

Decreto 353 de 1962 · Por el cual se suspenden transitoriamente las manifestaciones públicas de carácter político, y la transmisión de conferencias políticas por radio y altoparlantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La suspensión a que hacen relación los artículos 2° y 3° del presente Decreto, será hasta el 22 de marzo del corriente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 353 de 1962