Micelio

Artículo 7

Ley 18 de 1952 · Por la cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de petróleos, y se modifican las leyes 37 de 1931 y 160 de 1936.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El canon superficiario que deberán pagar los contratistas de exploración y explotación, dentro de los primeros treinta días de cada anualidad del contrato, será el siguiente:

a)

Para los terrenos situados al este y el sureste del a cima de la cordillera oriental, diez centavos ($ 0.10) por hectárea durante los años primeros y segundo de la vigencia del contrato; veinte centavos ($0.20) durante el tercero; treinta centavos ($0.30) durante el cuarto, cuarenta centavos ($0.40) durante el quinto, y cincuenta centavos ($0.50) del sexto año en adelante, hasta el vencimiento definitivo del periodo de exploración.

b)

Para los terrenos situados en el resto del territorio nacional:

I. Periodo inicial de exploración : veinte centavos ($ 0.20) por hectáreas durante el primer año de vigencia del contrato, sesenta centavos ($ 0.60) durante el segundo; un peso, ($1.00) durante el tercero; un peso con cuarenta centavos ($ 1.40) durante el cuarto, y un peso con ochenta centavos ($ 1.80) durante el quinto. Los cánones superficiarios aquí contemplados se reducirán a la mitad en la respectiva anualidad mientras se mantenga trabajando dentro de los límites de la concesión por lo menos un equipo completo de perforación.

II. Prórrogas . Un peso con veinte centavos ($1.20) durante el sexto año de vigencia del contrato, un peso con cincuenta centavos ($1.50) durante el séptimo; dos pesos ($ 2) durante el octavo; dos peso con cincuenta centavos ($2.50) durante el noveno, y tres pesos ($ 3) anuales por hectáreas durante todo el periodo de explotación.

Durante las anualidades del periodo de explotación, el canon superficiario, para todos los contratos, será el equivalente a la mitad del que correspondió al año anterior a aquel en el cual se inició la explotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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