Micelio

Artículo 2.2.4.2.23

Funciones

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones. La Mesa Técnica para la prevención de riesgos asociados a la actividad pirotécnica, ejercerá las siguientes funciones

1.

Ejercer como instancia de coordinación entre las entidades del orden nacional para la prevención de riesgos asociados a la actividad pirotécnica.

2.

Brindar asesoría para la formulación de los criterios de evaluación de riesgos sobre el uso, fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra y venta de pólvora y productos pirotécnicos.

3.

Orientar la identificación, medición, evaluación y gestión de los riesgos asociados a la actividad pirotécnica.

4.

Formular recomendaciones para la priorización de acciones, estrategias y para la adecuada implementación de los instrumentos de gestión de riesgo.

5.

Formular y adoptar su propio reglamento.

Parágrafo

Las entidades pertenecientes a la Mesa Técnica participarán de acuerdo a sus funciones y competencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015