Micelio

Artículo 10

Para Todos Los Efectos Legales, Las Personas Naturales Que Presten Sus Servicios Al Club Militar, Tendrán El Carácter De Empleados Públicos

Decreto 2336 de 1971 · Por el cual se reorganiza el Club Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para todos los efectos legales, las personas naturales que presten sus servicios al Club Militar, tendrán el carácter de empleados públicos. Sin embargo, podrán ser vinculadas mediante contrato de trabajo las personas a quienes se les asigne el desarrollo de tareas relacionadas directamente con la prestación del servicio propio de la entidad, conforme al estatuto de personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2336 de 1971